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En este caso, como muchos otros, si no existe un régimen sancionador claro, efectivo, ínmediato, etc... entonces estamos hablando de una declaración de intenciones, de nada más.
Y si además ya tropezamos de partida con:
Sin perjuicio de las competencias que tienen las Comunidades Autónomas en materia de protección general de consumidores y usuarios...
Pues me ratifico en mi pesimismo.
Una regla de oro en estas cuestiones es hacerles saber a las telecos que sus prácticas abusivas sobre los usuarios les van a costar caras y se las harán pagar. Mientras no sea así les seguirá siendo rentable seguir jodiéndonos.
Saludos.
Ninguna ley autonómica puede quitar derechos que te otorgue una ley de rango superior, como es el caso de este Real decreto. Las competencias las tienen las autonomías, pero tienen que asumir la nueva legislación, a no ser que la suya propia otorgue más derechos al consumidor.

Es lo mismo, lo que cambiaría las cosas es lo que comento, un buen régimen sancionador, inmediato y efectivo; que a las telecos les cueste realmente dinero no respetar los derechos de los usuarios de las telecomunicaciones.
En esto, como en todo, las empresas hacen su estudio y mientras les siga saliendo barato poner impedimentos, excusas, demoras, etc lo seguirán haciendo.
Por otra parte hay medidas urgentes que deberían de tomarse para dinamizar el mercado y es, por ejemplo, prohibir por ley el bloqueo de terminales telefónicas, y obligar a desligar los contratos de los aparatos (teléfonos, routers, etc) de los contratos del servicio de telecomunicaciones.
De esta forma se acabarían las clausulas de permanencia (ahora ya de hasta 24 meses) que tanto limitan al usuario e impiden la competencia en los precios de esos servicios.
Saludos.
No estoy de acuerdo, si las permanencias fuesen obligatorias estaría bien que las prohibiesen, pero ahora absolutamente todas son voluntarias. Si no aceptas ningún tipo de equipamiento no hay permanencia.
Queda a elección de cada uno no tener permanencia y pagarse sus teléfonos o tenerla y conseguirlos más baratos.

las permanencias son obligatorias.Si quieres un buen movil,en vez de pagarlo al contado (que es lo mas razonable),lo pagas a plazos y sobrevalorado con la susodicha permanencia.
No seria obligatorio siempre que pusiesen los moviles sin subvencionar (llamémosle a costo real) y se dejaran de clausulas abusivas.
Pero son muchos años ya con este sistema y es muy dificil quitarlo.La gente quiere lo ultimo a precio reducido y eso no es así.
vive tu vida y deja vivir la suya a los demas
Las permanencias NO son obligatorias. Yo mismo porté a Vodafone, no quise ningún terminal y no tengo permanencia. Tienes móviles a costo real en muchas tiendas que se dedican solo a vender móviles, el problema es que la gente no asume que uno normalito vale 150€ y que por 50-60€ solo tiene uno de gama baja.
Si quieres lucir un móvil que está muy por encima de tus posibilidades y encima cambiarlo cada año es tu problema, igual que si te compras un coche de gama alta y luego no te llega para comer por mantenerlo.
Contra la estupidez humana, los propios dioses luchan en vano. Ninguna ley va a cambiar eso.

Mocho el 9/2/09 3:27 AMPues no estoy de acuerdo, es mas 9 euros por un Omnia que no es un móvil normalito que digamos, y estoy 18 meses pagando 9 euros al mes, que es mas o menos lo que me gasto, yo solo veo ventajas, y sino quieres permanencia, pues no subvenciones el móvil, y no la tendrás, mira tu que sencillo, otra cosa es al final del contrato que te lo tienen que liberar si o si, y normalmente te ponen pegas por todos lados.
Saludos.
Mi conexión: ADSL Jazztel 20 megas
os recuerdo que existe la presuncion de inocencia. Y os…os recuerdo que existe la presuncion de inocencia.
Y os recuerdo tambien que cuando se acusa es por que se tienen pruebas.No se puede señalar con el dedo y despues recular como ha hecho la espe aguirre.
Si existen pruebas de esas escuchas que se pongan sobre la mesa;y si no existen que rectifiquen ya y se dejen de difundir falsedades,que existen problemas mas importantes que la guerra existente entre las distintas facciones del PP
BocaDePez el 9/2/09 12:21 AMLa ley española no funciona como crees. No existe ninguna ley de rango superior a una ley autonómica, salvo la Constitución. Tanto las leyes ordinarias, como las orgánicas, como las autonómicas, todas son leyes y todas tienen el mismo rango.
Una ley orgánica regulará aquello que la Constitución dice que debe ser regulado por ley orgánica, una ordinaria regulará el resto que sea competencia del estado, y una autonómica regulará aquello que sea competencia de la autonomía en cuestión. En otras palabras, las leyes se dividen en ámbitos de regulación, no en rangos de superioridad.
Si una ley regula algo que no es propio de su ámbito, será declarada inconstitucional por el TC.
Por otro lado, esta normativa no es una ley, ni un decreto-ley, sino un decreto (a secas), y por tanto tiene un rango inferior a cualquier ley (incluidas las autonómicas).
Krigan el 9/5/09 9:17 AMEntre o no tu sueltaselo a la chica de telefono, no esta de mas acojonarles para que lo hagan mas rapido.
Anda que las discusiones que he zanjado con ONO por la ilegalidad de cobrar una llamada al servicio tecnico cuando me aprendi el número del articulo (aunque no creas hay muchos que se la suda).
BocaDePez el 9/1/09 2:53 PMAcabo de leer la informacion en la web de la cmt y no encuentro lo de los 2 días para realizar una portabilidad. De hecho, he ido ayer a un the phone house y me han dicho que la portabilidad se demora 7 días (normalmente) y que el telefono puede tardar diez días, o que también podría ser al reves y quedarme sin linea 4 días. Vamos, que no lo tienen muy claro ni ellos mismos.
Donde debías haberlo leído es en el BOE donde se publicó el Reglamento al que se hace mención en esta noticia. Es de mayo de este mismo año.
En las disposiciones transitoria tercera y final primera se habla del plazo para realizar la portabilidad y se dice que debe ser de 2 días hábiles. Esto estaba condicionado a que la CMT hiciese los cambios necesarios en la normativa que regula los procedimientos de portabilidad, o sea que si la CMT no ha hecho estos cambios, este plazo aún no es exigible.
A mayores, se indica que, en el futuro, se debe tender a que la portabilidad se pueda realizar en un tope de 24 horas.
Gracias, acabo de encontrarlo:
Real decreto 2296/2004, artículo 44.3: (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2296-2004.t4.html)
3. La conservación del número se efectuará en el plazo de 2 días hábiles contados desde el siguiente a la recepción de la solicitud de baja con conservación de número. No obstante lo anterior, la implementación técnica de la portabilidad deberá ser suficientemente flexible para poder acomodar futuras reducciones de los plazos de ejecución efectiva de la portabilidad, de conformidad con la legislación vigente, con el objetivo de llegar a realizarla en 24 horas.
Durante el tiempo de la tramitación de la baja o de la conservación de números, al abonado sólo se le interrumpirá o limitará la prestación del servicio por el tiempo mínimo indispensable para adoptar las medidas a las que se refiere el párrafo anterior. A tal fin, los operadores afectados deberán prestarse recíproca colaboración.
Y la publicación en el BOE: www.boe.es/boe/dias/2009/05/30/pdfs/BOE- … 009-8961.pdf
"A tal fin, los operadores afectados deberán prestarse recíproca colaboración."
Espera, que me echo unas risas jajajaja!!
Cuentale a la timofonica que tiene que respetar los plazos y colaborar con los demas isps jajajajajajajajaja!!!
Ainsss...
BocaDePez el 9/2/09 7:47 PMLastima que eliminaran el 80% garantizado, pero claro, era una medida un poco absurda. Deberían haber obligado simplemente a que en los anuncios se especifique tambien la velocidad mínima garantizada (sea cual sea) para que de esa manera la velocidad minima se convirtiera en un punto más de competencia y no un tema oculto y tabú como es ahora.
Y no pone nada en contra de que cuando el operador del servicio técnico o información no le apetezca, por decirlo de alguna manera, atenderte correctamente te suelte la retahíla de turno antes de colgarte sin dejarte hablar?
Por que me ha pasado mas de una vez....
De hecho la ultima vez que trate con ellos fue para que realizaran una simple comprobación de linea y después de 2 horas al chat teniendo que escribirle al operador cada 10 minutos para que me dijera algo tuve que abrir una reclamación sobre el trato recibido y llamar dos veces más para cerciorarme de que la habían abierto ya que en la primera comprobación la reclamación no existía.
al final el truco sera volver al arbol.
BocaDePez el 9/1/09 11:49 PMMe temo que si no lo has hecho hoy, que es cuando ha entrado en vigor, no tienen que cumplir los plazos que se estipulan ahora. Siento ser el portador de malas nuevas, pero seguro que como ahora se van a dar caña con esto no te tardan nada.
Suerte
Yo hice portabilidad a la Pepephone VIP a la 1 de la mañana, supongo que me afectará la nueva ley. Aunque no se que es mejor, porque dudo que las operadoras se gasten en logística lo necesario para tener la SIM en casa en dos días, y al final nos va a tocar estar sin teléfono hasta que llegue.

No quiero defender a Vodafone (que ni siquiera es mi operador móvil) pero que te envíen el USB para que conectes entre tanto se realiza la portabilidad, es un paso adelante para no dejarte colgado. El resto es paja.
BocaDePez el 9/1/09 2:57 PMPor no decir otra cosa, esto es lo que son las nuevas normas de la CMT, mientras no digan que si se contratan X megas de bajada y X de subida tienen que ser estos y no los que les de la gana facturando los X contratados, y el que no digan que las operadoras tienen que tener un telefono gratuito de atención al cliente.
¿Y ese plazo de 2 días para las portabilidades aplica también a las de telefonía móvil o solo a las de números fijos?.
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Es que no hace falta trabajar hasta esas horas para sentirse perjudicado ya que solo que se utilice la (super)conexión de Telefónica (con 320Kbps de subida) para subir 5GB ya te lleva todo un día y gran parte otro...
¿Que quieres esperar de la CMT? Yo solo espero que no se suban mucho el sueldo.
BocaDePez el 9/1/09 11:12 AM
Entra en vigor la Carta de Derechos del Usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas
Sin perjuicio de las competencias que tienen las Comunidades Autónomas en materia de protección general de consumidores y usuarios, el pasado 22 de mayo, por Real Decreto 899/2009, se aprobó la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas que entró en vigor este fin de semana. Entre otras novedades, incluye que la portabilidad de los números de teléfono ya no podrá prolongarse más de dos días. Como parte negativa recordar que se han descafeinado notablemente los derechos que se refieren a la velocidad. De hecho, simplemente se prohíbe anunciar una velocidad que sea imposible de alcanzar con la tecnología empleada. La web de la CMT recoge desde esta mañana la normativa.
Estas son sólo algunas de las medidas que contempla la Carta que refuerza un marco más amplio de protección de los consumidores de este tipo de servicios con 20 nuevos derechos que se añaden a los ya existentes. Se traslada así al ordenamiento jurídico español la Directiva europea relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva del servicio universal, 2002/22/CE).
Algunos derechos de los usuarios finales