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CVCDGO: caso sobreseído

alejandrosantos

En el presente caso, no ha quedado debidamente acreditado, que los imputados conocieran que la información a que remiten o reconducen a los usuarios que acceden a su página, sea ilícita o que, por otro lado, lesione bienes y derechos de un tercero susceptibles de ser indemnizados, en consecuencia, de lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa

"La policía desmantela CVCDGO". Así lo contábamos hace cuatro años. Al fin ha tenido su punto y final después de aquella explosiva -lo que ya hoy es una costumbre- nota de prensa de la Policía Nacional. Hoy ha tenido su fin con el sobreseimiento de la causa. El fiscal, de cuyo escrito el Juzgado de Instrucción nº 48 de Madrid ha copiado alguna parte para ilustrar la sentencia, se expresaba en estos términos:

Es, por lo tanto una sociedad que presta el servicio de facilitar el enlace a contenidos o instrumentos de búsqueda (a otras páginas web); es una sociedad que facilita "enlaces", no aloja archivos, ni realiza directamente la descarga de los mismos, limitándose a facilitar direcciones desde donde se pueden realizar esas descargas, Como tal sociedad prestadora de servicios viene sujeta a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Informacion y Comercio de 11-7-02

Y así, Carlos Sánchez Almeida, abogado defensor, consigue una nueva sentencia a favor de los internautas. Otra más. Seguiremos informando...

💬 Comentarios

Bilbokoa
3

Al final es lo de siempre: todas estas cosas, todas estas operaciones que muchas veces tienen una importante cobertura mediática (ni que hubieran detenido a una célula de Al-Qaeda) al final quedan en NADA, claro que, luego, esos mismos medios que tan alegremente han pblicado la noticia con todo tipo de titulares sensacionalistas, no dan la misma importancia y cobertura cada vez que la justicia deja todo en NADA.

En fin, mañana más y mejor. Un saludo. ;)

Calario
-3
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Bilbokoa
2

¿Horda?

¿Se puede saber de qué estás hablando? Tu desconocimiento es absoluto.

Los programas P2P NO son ilegales ni están prohibido ni nada. Intercambiar NO es delito.

Solo muestras una completa ignorancia.

🗨️ 11
BocaDePez
BocaDePez

Por el momento como dice el de arriba ellos tienen tiempo y abogados ,eso es lo que el dice no leo donde diga que los p2p sean ilegales ni las descargas sin animo de lucro lo sean AHORA ,pero la legislacion no esta completa y ellos tiene tiempo y dinero para completarla a su MANERA.

Lo que el se refiere es que si repites una mentira muchas veces esta se puede volver una verdad y eso es lo que las sociedades de autor quieren aprte de sus otros bandos como ataques los isps ,usuarios y untado de politicos.

El tema es que tdos sabemos que ilegal pero ya se sabe lo que es legal hoy mañana puede no serlo

🗨️ 10
BocaDePez
BocaDePez
2

Nosolo eso, también está diciendo es que los jueces están empezando a pensar que puede ser delito. Y eso no sé de donde lo saca, porque que se llegue al sobreseimiento no indica nada de es. De hecho, indica más bien lo contrario, así que supongo que Calario no sabe lo que es un sobreseimiento ("un tipo de resolución judicial que dicta un juez o un tribunal, suspendiendo un proceso por falta de causas que justifiquen la acción de la justicia", según Wikipedia) porque el sobreseimiento indica que el juez no ve razones para seguir adelante con el juicio (y por tanto que no ve ni siquiera la más remota posibilidad de que exista delito, puesto que si la viera, el juicio seguiría adelante). Y está diciendo que no está claro que los programas P2P sean legales, cuando son simplemente una tecnología, y por tanto no pueden ser ilegales. Lo que sí puede ser ilegal son ciertos usos de los mismos (como por ejemplo descargar pornografía infantil), pero entre esos usos no está la descarga de obras protegidas por copyright restrictivo, al menos en España, diga lo que diga Calario.

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Calario
-1

el sobreseimiento de una causa implica que hay causa (el extracto incluido en el articulo indica claramente que se ha llegado a formar la causa)

revisad las ultimas noticias que ha habido sobre estos asuntos a ver si os dais cuenta de lo que esta pasando

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BocaDePez
BocaDePez
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Calario
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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
1

Pero que pesaos sois. Esto no es yanquilandia, lo que diga un juez "normal" no crea jurisprudencia, asi que compartir musica y peliculas SIN ANIMO DE LUCRO es completamente legal en España, por lo menos hasta ahora ;-)

Aunque consiguierais que un juez os diera la razon esa sentencia seria contra derecho. Las leyes son las que son a dia de hoy y habria que cambiarlas, y mucho, incluida la Constitucion y las leyes de la UE, para poder impedir el compartir. Y digo impedir porque no bastaria con prohibir ;-)

A compartir DE TODO, que viene LA CENSURA!!!!

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Calario
-1

hazte el favor de mirar la legislacion al respecto a ver donde encuentras que se diga algo sobre el p2p

hablar de "compartir" es simplificar porque lo que realmente significa es que alguien ofrece algo y alguien lo coge

grabarte cosas que se difundan publicamente (de la tele o de la radio o de internet) no esta penado y se ha hecho se hace y se hara y es absurdo intentar controlarlo

de lo que se habla es de la difusion publica y lo que los jueces estan empezando a considerar es que si tu tienes tu disco duro abierto para que cualquiera acceda a contenidos eso es una difusion publica y por tanto debe cumplir ciertos requisitos

es por eso por lo que las gestoras de contenidos van contra el que ofrece y contra el que facilita ese ofrecimiento (operadoras y empresas que desarrollan tecnologia para el intercambio) y no van contra el que se graba lo que hay por ahí

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BocaDePez
BocaDePez
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Calario
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BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
2

No te voy a tirar ninguna piedra, pero no sé de dónde sacas que con el sobreseimiento indica que los jueces están empezando a considerar esta actividad como delictiva. Justo, es todo lo contrario. Lo explicaré con un ejemplo. Imagínate que hay un cadáver, y tú estás a su lado. La policía te detiene, te interroga, y se abren diligencias previas. Las diligencias previas pueden terminar con la apertura del juicio oral, o con el sobreseimiento.

Supón que se abre juicio oral, y que luego te absuelven. Eso significa que el juez de instrucción consideró en su momento que EXISTÍA UN DELITO, y el juez penal (o la Sala) te absuelve porque considera que tú no lo has cometido.

Ahora, supón que el juez de instrucción sobresee el procedimiento. Eso supone que el juez de instrucción considera que NO SE HA COMETIDO NINGÚN DELITO y que, por lo tanto, no te va a juzgar, ni a ti ni a nadie, por él.

Esto es lo que ha ocurrido en este caso. No es que se considere que los responsables de CVCDGO no han cometido el delito, sino que se considera que NO SE HA COMETIDO DELITO ALGUNO.

Creo que ha quedado suficientemente claro. Ya tenemos bastante con los medios de comunicación, tergiversando noticias y dando luz solamente a las que les interesan, como para ir nosotros poniéndonos palos en las ruedas también.

Saludos.

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Calario
-1

no digo que la esten considerando delictiva sino que consideran la posibilidad de que sea delicitiva

si este juez (como otros) tuviera claro clarisimo que estas actividades no son ilegales la denuncia no hubiera avanzado nada (es como si yo denuncia a mi vecino por ser pelirrojo pues vale presento la denuncia y ahi se queda)

pero esta claro que el juez ha considerado que podia haber delito y por eso ha avanzado

esta vez ha decidido que no hay indicios de delito pero se lo ha tenido que pensar ¿creeis que si lo tuviera claro habria gastado tiempo en el caso?

podeis cerrar los ojos y mirar a otro lado escudandoos en el "no es delito" "no es delito" "no es delito" pero el hecho es que los jueces estan empezando a entrar al trapo y a considerar (con la ley en la mano como decis) que puede haber delito

ojo y repito que no digo que consideren que es delito sino que digo que consideran que puede serlo

🗨️ 4
BocaDePez
BocaDePez
1

Otra vez. No sé si tienes alguna noción de Derecho Penal (parece que no), pero, si las tienes, revísalas.

El procedimiento NO HA AVANZADO. SE HA SOBRESEÍDO. No se ha encontrado ningún indicio de delito. No sé a qué te refieres con que el procedimiento "no ha avanzado", pero, si conocieras someramente la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sabrías que, después de instruir cualquier causa penal (y se instruye TODO, incluso cosas que, a ciencia cierta, se sabe que no son delito), el Juez tiene dos opciones: sobreseer (porque considera que no hay delito, o porque, habiéndolo, no se puede imputar a nadie) o abrir juicio oral (porque considera que hay delito y que éste se puede imputar a alguien). En este caso, sí tiene a alguien a quien imputar (los responsables de la web), pero como CONSIDERA QUE NO HAY DELITO, decide sobreseer.

Para que quede claro, soy abogado en ejercicio desde el año 2000 por el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia.

BocaDePez
BocaDePez
1

Pero es que, como ya te han dicho varias veces, el sobreseimiento INDICA QUE EL JUEZ NI SIQUIERA CONSIDERA LA POSIBILIDAD DE QUE SEA DELICTIVA. Lo que indica que el juez ha apreciado que había delito ES LA INEXISTENCIA DE SOBRESEIMIENTO (y luego, si hubo absolución, indica que el juez no consideró probado que el delito lo cometiera el acusado; en cambio si hubo condena, indica que el juez consideró probado que el delito lo cometió el acusado).

Infórmate de lo que significa cada cosa, de como funciona un juicio y las fases por las que pasa. No hables de lo que no tienes ni idea. Que se te dice por activa y por pasiva que ESTÁS EQUIVOCADO, se te demuestra QUE ESTÁS EQUIVOCADO, y sigues erre que erre.

Aaaaaaargh... Que tío más cansino.

🗨️ 2
Calario

que limitaditos sois algunos

el sobreseimiento no siempre indica que el juez considere que los hechos no sean delictivos

los hechos pueden estar probados pero no la autoria

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
4

Seguro que ahora ningún telediario se acuerda de difundir el sobreseimiento ;)

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Luckyfer

Me quitaste las palabras del teclado xD