Una de las dudas más demandadas por los internautas queda resuelta por Carlos Sánchez Almeida en El Abogado del Navegante. Si hablamos de ADSL, en las zonas más alejadas de una central telefónica, la velocidad se reduce considerablemente. Y en cuanto al cable, existen menos megas en unas regiones que otras. En ambos casos, tenemos la siguiente incongruencia: el precio es el mismo para el cliente. ¿Se puede hacer algo jurídicamente? ¿Qué se puede reclamar?
"Cobrar el mismo precio por la mitad de servicio vulnera flagrantemente el derecho a la igualdad, y en consecuencia puede dar lugar a un proceso de tutela judicial civil de derechos fundamentales", afirma el conocido abogado.
Un proceso en el que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 249 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ha de ser parte el Ministerio Fiscal, cuya misión es promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley. Al igual que sucede en los supuestos de publicidad engañosa, en el proceso judicial civil instado para garantizar el derecho de igualdad, también podrían ser parte las asociaciones de consumidores, y muy especialmente la Asociación de Internautas.
Lo que se insinúa es que la propia AI puede encabezar una denuncia a la que se pueden adherir los clientes afectado para ser dirigidos bajo la misma dirección letrada y minimizar costes. ¿A qué estamos esperando?