Un OMV completo dispone de sus propios elementos de red troncal y recursos de numeración. Esta infraestructura les permite que las llamadas terminen en su propia red. Asimismo, tienen capacidad para poder firmar sus propios acuerdos de interconexión y fijar sus condiciones de prestación de forma independiente a su operador de red anfitrión. Los OMV prestadores de servicio (revendedores) no tienen numeración propia y se la subasigna el operador de red anfitrión. Así lo explica la CMT en una interesantísima entrada en su blog. ¿Quién es quién? ¿Cómo funcionan?
OMVs completos
- Con red de Movistar: ONO io (no se permiten nuevas altas), fonYou y FlipaMovil (no opera aún ninguno de los dos últimos)
- Con red de Vodafone: Euskaltel, R, Telecable y British Telecom
- Con red de Orange: Simyo, Jazztel Móvil y Kuile Mobile (a partir de febrero de 2009)
Revendedores
- Con red de Movistar: Sweno (todavía sin operar)
- Con red de Vodafone: Lebara, Eroski Móvil, Pepephone y Hits Mobile
- Con red de Orange: Blau, E-Plus, Carrefour Móvil, Día Móvil, Happy Móvil, MÁSmovil, Hongda, Bankinter, Euphony, Talkout, MundiMóvil, vuelingmovil y XL MOVIL
¿Qué infraestructura tiene un OMV completo?
Un centro de conmutación propio o MSC (Mobile Switching Central) que se encarga de iniciar, terminar y canalizar las llamadas y que suele incluir -entre otros registros- un HLR (Home Location Register) que es una base de datos que almacena la posición del usuario dentro de la red, si está conectado o no y las características de su abono (servicios que puede y no puede usar, tipo de terminal, etc).
Cada número de teléfono móvil está adscrito a un HLR determinado y único, que administra su operador móvil. El control de las estaciones base al que se adscribe el cliente ya depende del operador con licencia GSM/UMTS.
¿Y los revendedores?
No disponen de elementos de red conmutada. Muchos usuarios los llaman despectivamente "compradores de minutos". Son los Operadores Móviles Virtuales que dependen completamente del operador que les sirve la red. Su tarea consiste en poner su marca a la tarjeta SIM y llevar a cabo las labores comerciales para atraer clientes.
Legislación
- Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y Consejo de la UE
- Artículo 10.3 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
- Resolución de la CMT por la que se aprueba la definición y análisis de los mercados de terminación de llamadas vocales en redes móviles individuales
- Circular de la CMT sobre registro único para portabilidad móvil (a partir de junio de 2009)
Polémica
Telefónica en abril de 2006 decidió interponer una denuncia en la Audiencia Nacional contra la resolución de la CMT de febrero de ese mismo año que aprobó la llegada de los móviles virtuales e instó a las operadoras de móvil con red a llegar a acuerdos voluntarios con ellos.
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional confirmó la decisión de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de abrir el mercado de telefonía móvil a los llamados 'operadores virtuales', según la sentencia dictada el pasado 12 de enero de este año.