A partir del 15 de octubre de 2008, llamar desde España al extranjero con Vodafone para los clientes de prepago y contrato tendrá un precio de 42 céntimos frente a los 35 de antes. Si estás atado a un contrato de permanencia y deseabas cambiar, este es el momento para hacerlo según dispone el Real Decreto 424/2005 por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.
Te explicamos a continuación cómo hacerlo.
Artículo 107. Modificaciones contractuales. Cualquier propuesta de modificación de las condiciones contractuales, incluidas las mencionadas en el artículo 105.2, deberá ser comunicada al abonado con una antelación mínima de un mes, en la que se informará, al mismo tiempo, del derecho del abonado a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones.
Y aquí tenemos claramente el artículo que nos permite resolver el contrato. Pero hay que hacerlo antes del 15 de octubre. Esto es importante porque si no, se entiende que has aceptado las tarifas. Con esto, solicitas portabilidad y no deberían cobrarte lo más mínimo. En caso de ver algún recibo indebido, ya sabes qué alegar y la OMIC más cercana también es una solución.