La reforma legal denunciada, regula el comercio electrónico supuestamente para impulsarlo y actualizarlo, sin embargo, introduce nuevos sistemas indeterminados de control de contenidos y, lo que es peor, simultaneados con la actividad judicial. En España hasta ahora, sólo la autoridad judicial era en exclusiva competente para ejecutar el control de la información de carácter comercial, sin embargo la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, otorga a las Administraciones Públicas y cualesquiera "órganos competentes", la capacidad para retirar contenidos en Internet.
Así reza el comunicado de la AI que no ha tenido más remedio que acudir con una denuncia formal a la Comisión Europea tras oponerse el Defensor del Pueblo a valorar el fondo del asunto.
De interés:
-> Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI)
-> Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSICE)