Sentencia firme en Las Palmas ordena la devolución del canon
Tinguaro González ha obtenido una resolución favorable en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria ordenando la devolución del importe del canon, 0,88 euros, por suponer el cobro de lo indebido. De esta manera, la nueva sentencia sigue la línea abierta por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Alcalá de Henares y por la Audiencia Provincial de Málaga en sus resoluciones de fechas 15 de junio de 2005 y 19 de septiembre de 2006, respectivamente.
(...) resulta que el material adquirido (4 CDRom vírgenes), tiene un amplio campo de posibilidades, en lo que a su utilización se refiere, que en ningún caso viene circunscrito a ser soporte de obras literarias, artísticas o científicas de ajena pertenencia, llegando (cabe incluso que uno de esos cuatro soportes adquiridos y objeto de la compraventa objeto de la presente causa sea el entregado en la Secretaría de este Juzgado a fin de conseguir copia del acto del juicio pretendida por la parte actora), por lo que la repercusión de remuneración por copia privada realizada por la entidad demandada e incompareciente no es subsumible dentro de los supuestos contenidos en el artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual
Fuente: Derecho-Internet.org




